MEF IMPLEMENTA MEDIDAS PARA OPTIMIZAR LA DISTRIBUCIÓN DEL CANON DEL IMPUESTO A LA RENTA
18/062024
El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) ha aprobado nuevas disposiciones para mejorar la distribución del canon proveniente del Impuesto a la Renta (IR), que se llevarán a cabo este año. Dicha medida fue oficializada mediante el Decreto Supremo N° 108-2024-EF, publicado en el Boletín de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano.
Estas precisiones afectan tanto a personas naturales como a micro y pequeñas empresas (mypes) que declaran anualmente el pago del IR, en el marco de la Ley N° 31940. Esta ley extiende el plazo para la presentación de la declaración jurada anual y el pago del Impuesto a la Renta, proporcionando un marco más flexible para los contribuyentes.
La norma especifica que la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) deberá, dentro de los 30 días hábiles posteriores al vencimiento del plazo para la declaración jurada y regularización del IR, remitir al MEF la información correspondiente a los montos del impuesto de las personas naturales y mypes que hayan generado actividad de canon durante el ejercicio gravable anterior.]
Esta información es crucial para calcular el monto del canon proveniente del IR de dichos contribuyentes, permitiendo al MEF aprobar, mediante Resolución Ministerial, los índices de distribución correspondientes. Además, si el sector relacionado con la explotación del recurso natural proporciona información complementaria dentro de los tres meses indicados en el artículo 6 del Reglamento de la Ley de Canon, el MEF actualizará y aprobará los índices de distribución mediante una nueva Resolución Ministerial.
El objetivo de estas medidas es asegurar una distribución más equitativa y eficiente del canon del IR, beneficiando a las regiones y sectores productivos del país y fomentando una mejor gestión de los recursos naturales y económicos del Perú.