MEF REFUERZA INSTITUCIONES DE MICROFINANZAS CON NUEVO REGLAMENTO

MEF REFUERZA INSTITUCIONES DE MICROFINANZAS CON NUEVO REGLAMENTO

25/06/2024


El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) ha anunciado una modificación significativa en el Reglamento Operativo del Programa de Fortalecimiento Patrimonial de las Instituciones Especializadas en Microfinanzas. Esta iniciativa, formalizada mediante la Resolución Ministerial N° 214-2024-EF/15 publicada en el Diario Oficial El Peruano, busca consolidar la estabilidad y capacidad de estas entidades clave en el sistema financiero peruano.

El objetivo de la modificación es optimizar el proceso de implementación del programa, alineándose con la meta de fortalecer patrimonialmente a las instituciones especializadas en microfinanzas. Este esfuerzo se centra en asegurar que estas entidades puedan operar con mayor solidez y eficiencia, beneficiando así a miles de pequeños emprendedores y microempresarios que dependen de sus servicios.

Crédito a la Pequeña y Microempresa – Financiamiento alternativo a la  pequeña empresa

Un componente esencial de la reforma es el Subprograma de Facilitación de la Reorganización Societaria. Este subprograma incluye varias modalidades de reorganización permitidas por la legislación vigente, como la transferencia de activos y pasivos. Estas medidas están diseñadas para mejorar la flexibilidad y adaptabilidad de las instituciones microfinancieras en un entorno económico dinámico.

La valorización de las instituciones que participen en este programa tomará en cuenta la participación de Cofide en representación del Estado. Esto se reflejará en la forma de acciones preferentes o bonos subordinados, dependiendo del subprograma específico de fortalecimiento patrimonial. El valor nominal de estas participaciones se ajustará según los pagos realizados hasta la fecha de valorización, asegurando una evaluación precisa y justa.

Además, el pago de estas obligaciones podrá efectuarse en efectivo o mediante la emisión de nuevos bonos subordinados por parte de la entidad financiera adquirente. Estos bonos tendrán características específicas, incluyendo su consideración como capital ordinario de nivel 1, sin descuentos en el patrimonio efectivo. Un año de gracia donde solo se pagarán los intereses también forma parte de estas condiciones, proporcionando un alivio financiero inicial para las instituciones involucradas.

Este ajuste reglamentario del MEF es una respuesta estratégica a la necesidad de fortalecer el sector microfinanciero en el Perú. Con la implementación de estas medidas, se espera no solo mejorar la solidez financiera de estas instituciones, sino también fomentar un entorno más robusto para el desarrollo de pequeñas y microempresas, impulsando así la economía local y nacional.