MEF INVESTIGA IRREGULARIDADES EN LA CONTRATACIÓN DE JOINNUS PARA MACHU PICCHU

MEF INVESTIGA IRREGULARIDADES EN LA CONTRATACIÓN DE JOINNUS PARA MACHU PICCHU

El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) ha iniciado una investigación a pedido de la jefa del Órgano de Control Institucional del Ministerio de Cultura, Gloria Marina Cárdenas Timoteo, en relación con presuntas irregularidades en el proceso de contratación de la empresa Joinnus para la gestión de ingresos y reservas en el icónico sitio arqueológico de Machu Picchu.

Este hecho ha generado preocupación y críticas, ya que Machu Picchu es uno de los destinos turísticos más importantes del país y un patrimonio reconocido mundialmente.

La decisión del MEF de indagar en el proceso de contratación de Joinnus surge tras la detección de posibles irregularidades que han generado inquietud entre la población y la comunidad turística. La Contraloría realizó 4 preguntas a la dirección del MEF:

¿Cuál es el tratamiento del registro de lo recaudado, valor total del tarifario, o neto recibido que se le debe dar a los ingresos generados por la venta de entradas a través de Joinnus, etc.?

La Directora General de la Dirección General del Tesoro Público del MEF, Guadalupe Pizarro Matos, dio una respuesta genérica, pues asevera que existe una Directiva N° 0001-2022-EF/52.06 que establece los aspectos y procedimientos de los ingresos y que estos son del Tesoro Público.

Considerando la comisión que tendrá Joinnus por cada boleto vendido, ¿cuál es el tratamiento contable y/o valor total que tienen dichos montos y si ingresarán a las cuentas del Estado?

A ello respondió que la recaudación de las ventas la hacen en sus respectivas cuentas bancarias recaudadoras autorizadas. Y con respecto al tratamiento contable que aplican respecto de sus ingresos, no desean responder porque señalan que eso deberá responderlo la Dirección General de Contabilidad Pública.

¿En qué plazos la empresa Joinnus deberá depositar los montos recaudados?

La respuesta señala que cada área o dependencia es la encargada de obtener los ingresos, basándose en la “Directiva”, y que para el presente caso en los términos contractuales con Joinnus y Procesos de Medios de Pago, se debería establecer plazos para depositar los ingresos en las cuentas recaudadoras del ministerio de Cultura. Pero también añaden que los montos recibidos tendrán que ser depositados en la Cuenta Única del Tesoro Público (CUT).

¿Las comisiones aplicadas por Joinnus y que son parte del tarifario son considerados recursos públicos? O en todo caso ¿cuál es la naturaleza de dicha comisión?

La respuesta; primero señalan la Ley N° 29565 de creación del Ministerio de Cultura y resaltan las competencias, atribuciones y funciones exclusivas de este portafolio; contexto teórico que nada tiene que ver con la pregunta formulada y además señalan el artículo 43° de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, que para los servicios que no se brinden en exclusividad, las entidades, en este caso el Mincul establecerán los requisitos y los costos respectivos y bajo dicho marco el Ministerio de Cultura aprobó el Tarifario Único de Servicios No exclusivos para el Ejercicio Fiscal 2023.

En concreto, Guadalupe Pizarro, señala que el Ministerio de Cultura decide y exige de forma exclusiva los costos que le pondrán a los espacios culturales visitados y sobre la definición de Fondos Públicos, agregan que existen tres elementos que determinan si un recurso es público o no.

Estos son: ser un flujo financiero, constituir un activo financiero que le pertenezca al Estado y que su administración debe estar a cargo del sector público.

Aunque se basen en el Decreto Legislativo N° 1436, que señala que los activos financieros son del Estado y su administración está a cargo del Ministerio de Cultura, y que la suscripción del contrato con Joinnus acordaron cómo sería ser la recaudación y el pago de comisiones. Este tema sigue siendo controversial y cuestionado, debido a que actualmente podemos señalar que la ministra de Cultura Leslie Urteaga mintió sobre la supuesta idoneidad de la contratación de Joinnus. En ese sentido, la Contraloría detectó graves irregularidades no solo en las negociaciones contractuales con la empresa perteneciente al Grupo Credicorp, sino, en su servicio de venta electrónica.

El jefe del Área Funcional de Tesorería en su declaración mencionó: “Con relación a la venta a través de POS, así como la venta virtual no se tiene conocimiento del contrato ni a qué cuentas están ingresando los recursos recaudados. Otro problema que se viene presentando es que la empresa Joinnus no reporta cuántos boletos se han vendido a través de la venta virtual, ya que solamente se tiene conocimiento de lo vendido de forma física, imposibilitando hacer un arqueo real de lo vendido durante el día”.

Por este motivo, Joinnus viene incumpliendo con lo establecido en la Directiva del Sistema Nacional de Tesorería, que en su artículo 4, señala cuál es el plazo para los depósitos de fondos públicos en las cuentas de las entidades del Estado.

Sorprendentemente hasta la fecha de inspección por parte de Contraloría, no había constancia de cuánto ha recaudado la empresa Joinnus a través de la venta online mediante su deficiente plataforma. Esto no permite a los servidores de la DDC de Cusco conocer la cantidad de boletos vendidos hasta el momento.

Este grave hecho cometido por Joinnus, afecta la transparencia en la rendición de cuentas y limita la disposición de los recursos a la cuenta única del tesoro del Ministerio de Economía y Finanzas.