ESTABLECEN MEDIDAS PARA ASEGURAR EL ABASTECIMIENTO DE LOS COMBUSTIBLES LÍQUIDOS
26/09/2024
El Ministerio de Energía y Minas (Minem) implementó nuevas medidas para garantizar el abastecimiento energético en el mercado nacional. A través del Decreto Supremo N° 017-2024-EM, se dispone que el Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería (Osinergmin) reporte de manera continua las existencias de combustibles líquidos a la Dirección General de Hidrocarburos. Estos combustibles, derivados de la mezcla de hidrocarburos, son esenciales para la generación de energía a través de procesos de combustión.
La nueva normativa incorpora el artículo 43A al Reglamento para la Comercialización de Combustibles Líquidos y Otros Productos Derivados de los Hidrocarburos. Además, modifica el artículo 13 del Decreto Supremo N° 063-2005-EM, estableciendo pautas claras para la ejecución de pruebas de viabilidad en proyectos energéticos que utilicen combustibles líquidos.
En este contexto, cuando sea necesario verificar la viabilidad de un proyecto que requiera el uso de combustibles, el titular del proyecto deberá solicitar una autorización ante la Dirección General de Hidrocarburos. Esta autorización será clave para garantizar que el suministro de energía se realice de manera eficiente y segura, ya sea a través del concesionario, de sistemas de distribución o mediante el uso de gas natural comprimido (GNC) y gas natural licuado (GNL).
La solicitud de autorización deberá ir acompañada de la documentación que describa el proyecto, los ensayos a realizar, el personal responsable de la supervisión y la duración estimada de las pruebas. Asimismo, se permitirá el uso de tecnologías internacionales aplicadas en la industria de hidrocarburos para garantizar el cumplimiento de las normativas y condiciones técnicas establecidas.
Una vez presentada la solicitud, la Dirección General de Hidrocarburos evaluará el proyecto y, de ser procedente, autorizará las pruebas bajo ciertas condiciones técnicas y de seguridad. Esta autorización será válida únicamente para las actividades operativas de ensayo dentro de la zona delimitada por el proyecto y por el tiempo autorizado, debiendo contar con una póliza de seguro de responsabilidad extracontractual acorde a la magnitud de las operaciones.
La norma también establece que la Dirección General de Hidrocarburos podrá solicitar una opinión técnica no vinculante a Osinergmin antes de emitir su autorización, la cual deberá ser entregada en un plazo máximo de 10 días hábiles. Con estas medidas, el Minem busca fortalecer la seguridad energética y la continuidad en el suministro de combustibles en el país.